Como resultado de la supervisión 2023 en materia de transparencia financiera de 6 instituciones financieras respecto del producto/servicio de “Fondos de Pago Electrónico” que prestan conforme a su autorización y la normatividad aplicable a dichas entidades financieras, la Condusef informa sobre los principales incumplimientos normativos encontrados en los expedientes de clientes que contrataron “Fondos de Pago Electrónico”. Por lo que, en esta ocasión solo te daremos a conocer dichas observaciones a manera de checklist por tema, por si consideras oportuno verificar la integración de tus expedientes conforme a ello. Así pues, sin más preámbulo:
En relación con el contrato:
- No señala en qué forma recabará el consentimiento expreso del usuario, es decir si es una firma electrónica avanzada, una firma autógrafa digitalizada o cualquier otra forma de autenticación que se ajuste a los requisitos señalados en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
- No señala que obtendrá en forma expresa e independiente del contrato de adhesión, el consentimiento expreso del Usuario para utilizar su información para fines mercadotécnicos, publicitarios o de cualquier otra índole.
- No señala la fecha y hora de firma.
- Las comisiones no son congruentes entre lo estipulado en el contrato con lo publicado en su página de Internet.
- No establece o señala de manera completa el procedimiento para aclaraciones y reclamaciones.
- No señala el número vigente de inscripción en el Registro de Contratos de Adhesión.
- No establece la obligación de emitir comprobantes de operación.
- No establece la obligación de emitir estados de cuenta.
- No señala la descripción detallada de la operación, características, términos, condiciones, así como los derechos y obligaciones que adquieren las partes.
- No señala el nombre completo del usuario.
- No señala datos de contacto de la Unidad Especializada de la Institución de Tecnología Financiera (correo electrónico y en su caso número telefónico).
- SANAS PRÁCTICAS (la obligación de establecer dentro del contrato de adhesión las bases que dejen claro las características, términos y condiciones del producto ofertado).
- SANAS PRÁCTICAS (liberación de responsabilidades a cargo de las Instituciones Financieras).
En relación con la carátula:
- No contener información congruente con los términos y características del contrato.
- No contiene el concepto y monto o método del cálculo de las comisiones relevantes y la cláusula donde se podrán consultar.
- No contiene los datos de contacto de la Unidad Especializada (UNE), mismos que deben coincidir con los datos registrados en el Directorio de Unidades Especializadas a cargo de esta Comisión, la página de internet y el nombre de la plataforma de la Institución de Tecnología Financiera.
- No refleja los datos de contacto de la Condusef (sitio web, teléfono y correo electrónico).
- No respeta el orden y el formato de la información que debe contener.
En relación con el estado de cuenta:
- No establece el domicilio o número telefónico de la Institución de Tecnología Financiera.
- No establece la periodicidad pactada en el contrato.
- No establece el número de cuenta o contrato.
- No contiene el monto total de las comisiones cobradas en un recuadro.
En relación con el Comprobante de operación:
- Algunos no emiten comprobantes de operación.
- No establece la identificación de la Institución de Tecnología Financiera en donde haya sido efectuada la operación.
- No establece el tipo de operación efectuada.
- No establece los datos que permitan identificar la cuenta respecto de la cual se efectuó la transacción.
- No establece concepto y monto de la comisión cobrada.
En relación con la publicidad y/o folleto informativo:
- No concordar con las características y condiciones de los productos y servicios establecidas en el contrato.
- No contener la descripción general del producto.
- No contener los costos y comisiones.
- No indicar los términos y condiciones de acceso a las promociones o el medio a través del cual pueden ser consultados
En relación con la Página web
- La página web no guarda congruencia contra el contrato del producto.
- No mantener estados de Cuenta disponibles en la plataforma.
- No mantiene a disposición los saldos y movimientos de los seis meses anteriores.
- No mantiene disponible el Estado de Cuenta de los 3 periodos inmediatos anteriores.
- No contiene la facultad del usuario de dar por terminado el contrato, dentro de los 30 días posteriores, sin responsabilidad.
- No contiene información de las comisiones debe ser vigente y congruente entre sí.
- No contiene una liga denominada “Consulta de los costos y comisiones de nuestros productos”.
Si quieres consultar más información al respecto, puedes consultar los resultados de la evaluación y los incumplimientos detectados en el Buró de Entidades Financieras a cargo de la CNBV en la siguiente liga: https://www.buro.gob.mx
Espero que la información te resulte de utilidad. ¡saludos cordiales!
